Sociedad Limitada Personal
Sociedad Limitada Personal. Conocida también por sus siglas S.L.P., es aquella que tiene por objeto el ejercicio en común de una actividad profesional; es decir, se establecen dos requisitos: a) actividad en común: por tanto, en este tipo de sociedad no puede crearse con un único socio, como es el caso de la sociedad unipersonal; b) actividad profesional: aquélla para cuyo desempeño se requiere titulación universitaria oficial, o bien aquella que habilite para pertenecer a un Colegio Profesional. Puede haber dos clases de socios: profesionales y no profesionales; en todo caso, los necesarios son los profesionales que como mínimo tienen que tener la mayoría del capital y de los derechos de voto. Debe indicarse el Colegio profesional al que pertenecen cada uno de los socios profesionales y su número de colegiado. Modelo de Escritura de Constitución y Estatutos de Sociedad Limitada Profesional S.L.P.