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El Acta para la Modificación o Cambio de Denominación Social es un documento que debe aprobar la Junta General en el que se recoge el nuevo nombre de la sociedad así como el cambio en el correspondiente artículo de los Estatutos Sociales, que obligatoriamente debe reflejar dicha modificación.
El cambio de denominación puede deberse a diferentes razones: un cambio de actividad, la incorporación de un nuevo socio, una modernización de la empresa que aconseje utilizar alguna palabra en inglés, etc.
Son los Administradores de la sociedad los que tienen que realizar la propuesta de cambio y en el Acta de la Junta debe especificarse si se aprueba por unanimidad o por mayoría.